Qué tramites hacer para reclamar una pensión por orfandad ante el IMSS

Los hijos de los trabajadores o pensionados del IMSS puedan recibir la pensión por orfandad cuando su padre o madre fallecen; para que sea posible, el beneficiario debe cumplir con ciertos requisitos, que establece el instituto.

Para hacer el trámite, los hijos de trabajadores, jubilados o pensionados fallecidos deben tener de 16 a 25 años, siempre y cuando demuestren que están estudiando. Si el o los beneficiarios tienen una discapacidad que haya sido verificada por el SS, no importa la edad para efectuar el trámite.

Es necesario que acudan a las ventanillas de atención de la unidad médica familiar (UMF) en la que se encuentren adscritos.

A continuación, se enlistan los requisitos para recibir la pensión por orfandad:

1. Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.

2. Acreditar la edad.

3. Que el asegurado haya tenido 150 semanas de cotización, como mínimo; y que se encuentren vigentes sus derechos ante el instituto.

4. Si la muerte del asegurado se debió a un riesgo de trabajo, se requiere de un dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgos de trabajo (ST-3), que expide la oficina de Servicios Médicos Institucionales.

5. Si el asegurado tenía una incapacidad permanente y murió por causa distinta a un riesgo de trabajo, se deberá acreditar un mínimo de 150 semanas de cotización y que haya causado baja del Régimen Obligatorio.

Los documentos que deben presentar para iniciar el trámite, son:

Del asegurado fallecido:

a) Número de Seguridad Social (NSS), y nombre completo del asegurado

b) CURP

c) Credencial del ADIMSS que contenga la CURP

d) Estado de cuenta impreso de la Afore, que maneja la cuenta individual o del contrato firmado con la Afore

e) Copia certificada del acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento

f) Copia certificada del Acta de Defunción

Si es pensionado:

a) Cualquier documento o identificación emitido por el IMSS, Infonavit, o Afore que contenga el NSS y el nombre del asegurado

b) Copia certificada del acta de defunción

Del representante legal del beneficiario:

1. Identificación oficial con fotografía y firma

2. CURP

3. Credencial ADIMSS con CURP

4. Documento que acredite la personalidad que ostente (carta poder, acta de nacimiento, etc.) mismo que deberá contar con apostilla o legalización correspondiente

Del beneficiario:

a) Para mayores de edad: credencial del NE, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Mexicano; para menores de edad: credencial ADIMSS, pasaporte o constancia de estudios con fotografía

b) Comprobante de domicilio (con vigencia no mayor de tres meses)

c) Constancia de inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyente, con homoclave a 13 posiciones

d) Documento expedido por algún banco que haya autorizado el IMSS, con número de cuenta, y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.

e) Copia certificada del acta de nacimiento, de adopción o reconocimiento

Si haces este trámite, acude cuando estés seguro de cumplir con todos los requisitos que pide el IMSS, en caso contrario, no podrás proceder.