Este viernes el TEPJF discutirá proyecto de sentencia sobre recursos de apelación de Morena y Félix Salgado contra decisión del INE de multar y retirar candidaturas de morenistas
Redacción
Ayer por la noche, alrededor de las 11 pm, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), publicó en su página de Facebook el proyecto de la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, relacionado con la candidatura de Félix Salgado Macedonio, así como otros aspirantes a la gubernatura de Guerrero, que está pautado para ser discutido en el transcurso de este viernes 9 de abril.
Dicha ponencia, en formato de proyecto, estipula que el magistrado Rodriguez Mondragón considera adecuada la sanción al partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), en forma de una multa por poco más de 6 millones de pesos, por no presentar informes de gastos de precampañas de precandidatos (mismo que se hizo fuera del plazo establecido por el Instituto Nacional Electoral).
Uno de los principales argumentos de Morena y los sancionados por el INE, Félix Salgado Macedonio, Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto, en sus recursos contra la resolución del INE de retirarles el estatus de candidatos para competir por la gubernatura del estado de Guerrero, es precisamente el que al no haber dictaminado Morena periodo de precampaña, no hubo tal, argumento que el magistrado Reyes Rodríguez, en su ponencia, propone que sí hubo proselitismo de los morenistas, al integrar el INE en sus justificantes para la sanción, videos obtenidos de Facebook, compañía que accedió a los requerimientos del órgano electoral, para demostrar que sí hicieron precampaña en el periodo establecido para ese efecto.
Tras que los candidatos morenistas interpusieran recursos ante el TEPJF contra la decisión del INE, el tribunal electoral decidió aceptarlos, pero desecha el interpuesto por Sandoval Ballesteros por emplazarlo fuera del término legal prescrito para hacerlo.
El proyecto de sentencia determina entonces que la multa por no presentar o hacerlo de forma extemporánea está justificada por la Ley General de Instituciones y Procedimentos Electorales (Legipe), por lo que plantea que la sanción se mantenga.
En cuanto a la pérdida de candidaturas, el magistrado ponente plantea que si bien, dentro de la Legipe se estipula como castigo dicha sanción, no se debe interpretar de manera literal, dado que la ley “se debe de interpretar la norma en el sentido de que l asanción solo es aplicable a los aspirantes cuando la omisión recae sobre ellos (SUP-JDC-416/2021)”, lo que se da a entender que la sanción debe aplicarse a Morena, al ser el ente que omitió presentar informes de gastos de precampañas o lo hizo extemporáneamente.
Asimismo, el magistrado propondrá a discusión y posteriormente a votación, la especie de que deberá regresar el procedimiento al INE, para que éste valore de forma individual y no colectiva, el actuar de los recurrentes, para sopesar si se mantiene el castigo o lo revoca (la pérdida de candidaturas), aunque limita su actuar al recordar Reyes Rodríguez que toda persona está en su derecho a ser elegido y ser votado sin menoscabo de cualquier situación que los perjudique o beneficie a priori o a posteriori.
Se espera que en el transcurso del día dicha ponencia se ponga a consideración del pleno del TEPJF para discusión, valoración, modificación y posterior votación, para que se determine cuál será el veredicto que surja tras el término de la sesión.